# Patent Box 2026: Cómo Tributar al 10% por tus Patentes y Software
¿Sabías que puedes pagar solo un 10% de impuestos por los ingresos de tus patentes en lugar del 25%? El Patent Box es uno de los incentivos fiscales más potentes y menos conocidos en España, y puede suponer un ahorro de miles de euros para empresas con propiedad intelectual.
En esta guía te explicamos cómo funciona, qué activos son elegibles y cómo aplicarlo correctamente para maximizar el ahorro fiscal.
¿Qué es el Patent Box?
El Patent Box (también llamado IP-Box) es un régimen fiscal especial que permite reducir hasta un 60% la base imponible de los ingresos obtenidos por la cesión o explotación de activos intangibles derivados de I+D+i.
En términos prácticos:
| Concepto | Sin Patent Box | Con Patent Box |
|---|---|---|
| Tipo Impuesto Sociedades | 25% | ~10% efectivo |
| Ingresos por royalties: 100.000€ | Tributas por 100.000€ | Tributas por ~40.000€ |
| Impuesto a pagar | 25.000€ | ~10.000€ |
| Ahorro | - | 15.000€ |
¿Cómo funciona exactamente?
El Patent Box permite que solo el 40% de la renta neta obtenida por tus activos intangibles tribute en el Impuesto sobre Sociedades.
Cálculo paso a paso
Ingresos por cesión del activo: 100.000€
Gastos directos del activo: 20.000€
Renta neta: 80.000€
Reducción Patent Box (60%): 48.000€
Base imponible: 32.000€ (el 40% de 80.000€)
Impuesto al 25%: 8.000€
Tipo efectivo: 10%
Sin Patent Box habrías pagado 20.000€. Ahorro: 12.000€.
¿Qué activos son elegibles?
El Patent Box aplica a una lista cerrada de activos intangibles:
Activos elegibles
| Activo | Descripción |
|---|---|
| Patentes | Patentes de invención registradas |
| Modelos de utilidad | Protección de invenciones menores |
| Dibujos y modelos industriales | Diseños registrados |
| Software avanzado | Programas registrados derivados de I+D |
| Fórmulas secretas | Procedimientos confidenciales |
| Know-how | Experiencias industriales, científicas o comerciales |
Activos NO elegibles
| Activo | Por qué no aplica |
|---|---|
| Marcas | Excluidas expresamente |
| Obras artísticas | No derivan de I+D técnico |
| Derechos de imagen | No son activos de I+D |
| Equipos industriales | Son activos tangibles |
Requisitos para aplicar el Patent Box
1. Creación propia del activo (mínimo 25%)
El requisito más importante: Debes haber desarrollado al menos el 25% del activo intangible internamente. No puedes aplicar Patent Box a activos 100% adquiridos a terceros.
2. Cesión a terceros para su explotación
El activo debe cederse a un tercero que lo utilice en una actividad económica. Puede ser:
Importante: El cesionario no puede residir en un paraíso fiscal.
3. Contabilidad separada
Debes llevar registros contables que permitan identificar claramente:
4. Udocumentación técnica
Necesitas poder demostrar que el activo deriva de actividades de I+D+i, con documentación técnica del desarrollo.
El enfoque Nexus: la clave del cálculo
Desde 2016, España aplica el enfoque Nexus recomendado por la OCDE. La reducción no es automáticamente del 60%, sino que depende de cuánto hayas desarrollado internamente.
Fórmula del coeficiente Nexus
```
Coeficiente = (Gastos propios + Gastos vinculadas × 1,3) / Gastos totales
```
| Si el coeficiente es... | La reducción es... |
|---|---|
| 100% (todo desarrollo propio) | 60% completo |
| 80% | 48% |
| 50% | 30% |
| Menos del 25% | No aplica |
Ejemplo prácTICo
Una empresa desarrolla una patente con estos gastos:
Coeficiente = (60.000 + 30.000 × 1,3) / 100.000 = 99%
Reducción aplicable = 60% × 99% = 59,4%
Ventajas del Patent Box
1. Compatible con deducciones por I+D+i
Puedes aplicar simultáneamente:
Doble beneficio: Deduces el gasto Y reduces el ingreso.
2. Sin límite temporal
A diferencia de otros incentivos:
3. Cualquier tamaño de empresa
4. Seguridad jurídica
Puedes solicitar a la Agencia Tributaria:
Esto te protege ante futuras inspecciones.
5 errores comunes a evitar
1. Intentar aplicar sin desarrollo propio
Si adquiriste el 100% del activo a un tercero, no eres elegible. Necesitas haber creado al menos el 25%.
2. Contabilidad insuficiente
Sin registros separados de ingresos y gastos por activo, no podrás demostrar la renta neta. Hacienda puede rechazar la aplicación.
3. Valoración inadecuada entre vinculadas
Si cedes la patente a tu filial, el royalty debe ser a precio de mercado. Royalties artificialmente altos serán ajustados en una inspección.
4. Udocumentación técnica pobre
No basta con tener la patente registrada. Debes poder demostrar que deriva de I+D con memorias técnicas, informes de proyecto, etc.
5. Ignorar el enfoque Nexus
Muchos asumen el 60% completo sin calcular el coeficiente real. Si subcontrataste mucho desarrollo, tu reducción será menor.
Patent Box en el País Vasco y Navarra
Las haciendas forales tienen sus propias normativas:
| Territorio | Reducción | Particularidades |
|---|---|---|
| Territorio común | 60% | Enfoque Nexus OCDE |
| País Vasco | 60% | Normativa similar, gestión foral |
| Navarra | 60% | Regulación propia |
Consulta con un especialista para aplicar correctamente según tu domicilio fiscal.
Casos de uso frecuentes
Software como servicio (SaaS)
Si has desarrollado un software propio y lo licencias a clientes, los ingresos por licencias pueden beneficiarse del Patent Box.
Requisito: El software debe estar registrado y derivar de un esfuerzo creativo significativo (no modificaciones menores de código existente).
Patentes industriales
Fabricantes que licencian sus patentes a terceros para producción, ya sea a competidores o a filiales en otros países.
Know-how técnico
Empresas que cobran por transferir conocimientos técnicos (procesos de fabricación, metodologías propietarias) a otras empresas.
¿Por qué aplicar el Patent Box con BIK?
El Patent Box requiere:
En BIK te ayudamos a:
Además, podemos combinar el Patent Box con deducciones por I+D+i y bonificaciones a la Seguridad Social para maximizar tu ahorro.
Da el siguiente paso
Si tu empresa tiene patentes, software propio o know-how técnico, probablemente estés dejando dinero en la mesa.
¿Quieres saber cuánto puedes ahorrar con el Patent Box? Te hacemos un análisis gratuito.
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