El artículo 64 bis permite financiar proyectos de I+D+i mediante deducciones fiscales en territorios forales con ventajas únicas por territorio. También gestionamos artículos 66 ter, quater y otros incentivos fiscales territoriales.
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💡 ¿Qué es el artículo 64 bis?
El artículo 64 bis es un mecanismo fiscal foral que permite a los contribuyentes participar en la financiación de proyectos de I+D+i obteniendo importantes deducciones fiscales a cambio.
Actualización 2025: Con la Norma Foral 4/2024 de Bizkaia se han introducido importantes mejoras que amplían flexibilidad y beneficios fiscales.
⚙️ Cómo funciona el 64 bis
🏢 Para la empresa I+D+i
Por sus gastos en I+D+i
Al financiador mediante contrato
Sin dilución ni endeudamiento
💰 Para el financiador
Al proyecto de I+D+i
Hasta 120% en Bizkaia/Navarra
20% típico sobre inversión
Proceso 64 bis con BIK
Análisis
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