Financiación pública

Deducciones fiscales I+D+i

Maximiza el retorno de tu inversión en innovación con deducciones fiscales de hasta el 42%

%

Las deducciones fiscales por I+D+i constituyen uno de los incentivos más poderosos para fomentar la innovación empresarial en España.

25-42%
Deducción efectiva
12-18%
Ahorro fiscal real
85-90%
Éxito en IMV
2-4m
Tramitación

💡 Marco legal y fundamentación

El régimen de deducciones fiscales por I+D+i está regulado principalmente por el artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y ofrece uno de los marcos más competitivos de Europa para incentivar la innovación empresarial.

🗺️ Deducciones por territorio fiscal

⚠️ Importante: España tiene 5 regímenes fiscales diferentes

País Vasco (3 provincias), Navarra y territorio común tienen normativas distintas

🇪🇸

España (Territorio Común)

I+D: 25% base

+17% si superas media ejercicios anteriores

iT: 12%

Límite: 2M€ anuales

Plazo: 18 años

Para aplicar deducciones

🟢

País Vasco

I+D: hasta 50%

Con tramos adicionales hasta 70%

iT: 10-20%

Con bonificaciones por colaboraciones

Plazo: 30 años

Bizkaia, Gipuzkoa, Álava

🔵

Navarra

I+D: hasta 50%

Con tramos adicionales

iT: 15%

Régimen foral propio

Plazo: 15 años

Para aplicar deducciones

💡 Clave para la optimización: Es fundamental determinar qué normativa fiscal aplica a tu empresa según su domicilio fiscal y actividad. En BIK analizamos tu situación específica para aplicar la estrategia más favorable y maximizar tus deducciones.

💰 Gastos deducibles

👥

Personal investigador

  • Salarios y emolumentos
  • Cuotas Seguridad Social
  • Formación, dietas, etc.
🔧

Instrumentos y equipos

  • Adquisición de instrumentos
  • Amortización de equipos
  • Mantenimiento y reparación
📋

Gastos de funcionamiento

  • Materiales y suministros
  • Contratación con universidades
  • Informes y certificaciones
🎯

Otros gastos

  • Registro de patentes
  • Certificados de calidad
  • Diseño industrial avanzado

🏆 El Informe Motivado Vinculante (IMV): Tu escudo fiscal

Documento oficial emitido por el Ministerio de Ciencia, Innovación e Universidades, CDTI y organismos forales acreditados que certifica que determinadas actividades califican como I+D+i a efectos fiscales, proporcionando seguridad jurídica total ante Hacienda y la Seguridad Social.

📋 Tipos de Informe Motivado Vinculante

TIPO A
Ex Post

Proyectos ya ejecutados. Evalúa la naturaleza técnica (I+D+i) y los gastos efectuados.

✓ Ideal para calificar actividades realizadas
TIPO B
Ex Ante Técnico

Previo al proyecto. Determina únicamente la naturaleza técnica (I+D+i).

✓ Para consultas DGT y estrategias avanzadas
TIPO C
Ex Ante Completo

Proyectos plurianuales. Evalúa naturaleza + presupuesto coherente.

✓ Automático en CDTI, Hazitek, Innobideak
TIPO D
Seg. Social

Personal investigador (+10 investigadores). Acredita dedicación exclusiva I+D+i.

✓ Bonificaciones hasta 40% en SS

🗺️ Diferencias por territorio

🇪🇸 Territorio Común
Organismos emisores:
  • MICIU (ex MINECO)
  • CDTI (proyectos financiados)
Proceso:
1. Informe técnico entidad ENAC
2. Evaluación ministerial
3. Emisión IMV vinculante
Plazo límite
25 de julio año N+1
🏛️ País Vasco
Organismos emisores:
  • BEAZ (Bizkaia) - Gratuitos
  • SPRI (Álava, Gipuzkoa)
Ventajas:
• Proceso simplificado
• Sin certificación ENAC previa
• Modalidad 64bis disponible
Plazos
BEAZ: 14 feb. N+1
SPRI: Cierre año N

🎯 Obtención automática de IMV

🏢
CDTI

Proyectos financiados obtienen IMV Tipo C automáticamente

🎯
Hazitek

+200 puntos = IMV Tipo C automático

Innobideak

Fast Track +200 puntos + 50% criterios clave

🛡️
Seguridad jurídica total

Blindaje ante inspecciones fiscales

📋
Vinculante para Hacienda

Y también para Seguridad Social

🏅
Sello PYME Innovadora

Compatibiliza deducciones + bonificaciones

🚀 Metodología BIK para optimización fiscal

1
Auditoría

Identificación de actividades deducibles

2
Documentación

Memorias técnicas y justificaciones

3
Cuantificación

Análisis de costes imputables

4
Optimización

Planificación plurianual

5
Gestión IMV

Preparación y seguimiento

6
Defensa

Acompañamiento en inspecciones

Casos de éxito y resultados

35%
Ahorro fiscal promedio en I+D+i
1:4
ROI en servicios de optimización
100%
Éxito en obtención de IMV
60%
Reducción tiempo tramitación

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Preguntas frecuentes sobre Deducciones fiscales I+D+i

Resolvemos las dudas más comunes sobre este servicio

La I+D incluye: investigación básica (indagación original para nuevos conocimientos), investigación aplicada y desarrollo experimental (aplicación de resultados para crear o mejorar materiales, productos, procesos o sistemas). La Innovación Tecnológica (IT) consiste en actividades cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de productos o procesos nuevos o mejorados sustancialmente. Para software, debe implicar nuevos teoremas, algoritmos, sistemas operativos, lenguajes, interfaces o aplicaciones.
Son deducibles: gastos de personal investigador (con deducción adicional del 20% para investigadores cualificados en exclusiva), colaboraciones con Universidades y OPIs, amortización de activos afectos, materiales y suministros, gastos de certificación (incluido el IMV), patentes y modelos de utilidad. Se excluyen: actividades rutinarias, control de calidad, prospección, estudios de mercado, formación no específica del proyecto, y gastos posteriores al primer prototipo no comercializable.
En territorio común: 25% general + 17% adicional sobre el exceso respecto a la media de los 2 años anteriores. En País Vasco: Bizkaia hasta 50% (30% general + 20% adicional), Gipuzkoa hasta 45% (25% + 20%), Araba hasta 45% (25% + 20%). En Navarra: hasta 40% para I+D. Además, existe deducción adicional del 20% para investigadores cualificados adscritos en exclusiva a I+D.
El IMV es un informe técnico emitido por el Ministerio que certifica que las actividades realizadas califican como I+D+i. Proporciona seguridad jurídica total ante Hacienda, evitando discrepancias en inspecciones futuras. Existen 4 tipos: A (proyectos con ayuda pública), B (proyectos sin ayuda), C (bonificaciones Seguridad Social) y D (PYME innovadora). Es fundamental para aplicar las deducciones con total garantía.
Según el RD 1432/2003 necesitas: memoria técnica detallada del proyecto (objetivos, estado del arte, novedades tecnológicas, planificación), presupuesto desglosado por partidas, gastos ejecutados con justificantes (facturas, TC2, modelo 190), evidencias de ejecución (informes, prototipos, resultados), y para colaboraciones superiores a 80.000€ o 20% del proyecto: contratos, convenios y documentación técnica específica.
Sí, las deducciones fiscales son compatibles con subvenciones y ayudas públicas. Sin embargo, la base de la deducción debe minorarse en el importe de las subvenciones recibidas para las mismas actividades. En el País Vasco, además existe el instrumento 64bis que permite monetizar las deducciones no aplicadas, transfiriéndolas a entidades financiadoras.
En territorio común existen varias opciones:
  1. Aplicar las deducciones en los próximos 18 años (carry forward)
  2. Solicitar el abono anticipado hasta 3M€ anuales pagando un 20% de descuento (Art. 39.2 LIS)
  3. Para startups: monetización sin descuento hasta 50.000€ con límites específicos
  4. Cesión de deducciones a través de AIE (Agrupaciones de Interés Económico) o UTE
  5. Estructuras de sale & leaseback para proyectos grandes
📍 NOTA: En País Vasco y Navarra existe además el instrumento 64bis que permite monetizar las deducciones transfiriéndolas a inversores con mejor tratamiento fiscal.

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