¿Qué es el Patent Box?
El Patent Box (también llamado IP-Box o Innovation Box) es uno de los incentivos fiscales más potentes para empresas que generan propiedad intelectual e industrial. Permite reducir hasta un 60% la base imponible de los ingresos obtenidos por la cesión o explotación de activos intangibles derivados de I+D+i.
En términos prácticos: mientras el tipo general del Impuesto sobre Sociedades es del 25%, con el Patent Box puedes tributar a un tipo efectivo de aproximadamente 10% por los ingresos de tus patentes, modelos de utilidad y software avanzado.
Datos clave del Patent Box
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Reducción máxima | 60% de la base imponible |
| Tipo efectivo resultante | ~10% (vs 25% general) |
| Límite temporal | Sin límite (indefinido) |
| Límite cuantitativo | Sin límite máximo |
| Compatibilidad | 100% con deducciones I+D+i y bonificaciones SS |
| Regulación | Artículo 23 LIS (Ley 27/2014) |
¿Qué activos son elegibles para el Patent Box?
Activos INCLUIDOS
El Patent Box se aplica a rentas procedentes de:
Activos EXCLUIDOS
NO aplica el Patent Box a:
¿Cómo funciona la reducción fiscal?
El cálculo: Enfoque Nexus
Desde 2016, España aplica el enfoque Nexus recomendado por la OCDE. La reducción no es automática del 60%, sino que depende de cuánto has desarrollado internamente el activo.
Fórmula del coeficiente:
Donde:
Ejemplo práctico
Empresa que desarrolla una patente:
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Gastos directos propios | 80.000 € |
| Subcontratación terceros no vinculados | 20.000 € |
| Subcontratación a empresa del grupo | 50.000 € |
| Total gastos | 150.000 € |
Cálculo del coeficiente:
Reducción aplicable: 60% × 0,867 = 52%
Si los ingresos por licencia son 100.000€/año:
El caso ideal: 60% completo
Si desarrollas el activo 100% internamente (sin subcontratación a vinculados):
Requisitos para aplicar el Patent Box
1. Creación parcial del activo
La entidad cedente debe haber creado el activo intangible al menos en un 25% de su coste total. No se puede aplicar a activos 100% adquiridos.
2. Cesionario con actividad económica
El cesionario debe utilizar los derechos para desarrollar una actividad económica real, no meramente especulativa.
3. Restricción de paraísos fiscales
El cesionario no puede residir en una jurisdicción no cooperativa, salvo que sea un Estado miembro de la UE con motivos económicos válidos.
4. Contabilidad separada
La empresa debe llevar registros contables que permitan determinar los ingresos y gastos (directos e indirectos) de cada activo intangible.
5. Operaciones vinculadas
Entre empresas del mismo grupo solo se permite la cesión (licencia), no la transmisión (venta) del activo.
Operaciones elegibles: Cesión vs Transmisión
| Operación | Descripción | Patent Box |
|---|---|---|
| Cesión | Licencia de uso/explotación | ✅ Siempre aplicable |
| Transmisión | Venta del activo | ✅ Solo entre no vinculados |
Cesión entre empresas del grupo
Es perfectamente válido ceder patentes entre empresas del mismo grupo. Es una estrategia muy utilizada:
La sociedad holding posee las patentes
Las filiales operativas pagan royalties por usarlas
El holding aplica Patent Box a esos ingresos
Seguridad jurídica: Acuerdos previos con la AEAT
Aunque no es obligatorio, se recomienda solicitar un Acuerdo Previo de Calificación y Valoración (APCV) a la Agencia Tributaria:
Ventajas del acuerdo previo
Proceso de solicitud
Presentar solicitud a la AEAT con documentación técnica
La AEAT analiza el activo y su valoración
Resolución en plazo máximo de 6 meses
Acuerdo vinculante para ambas partes
Compatibilidad con otros incentivos
El Patent Box es 100% compatible con:
| Incentivo | Compatibilidad |
|---|---|
| Deducciones fiscales I+D+i (Art. 35 LIS) | ✅ Compatible |
| Bonificaciones SS personal investigador | ✅ Compatible |
| Sello PYME Innovadora | ✅ Compatible |
| Ayudas públicas (CDTI, Horizonte Europa) | ✅ Compatible |
Estrategia combinada
Fase de desarrollo: Aplica deducciones fiscales por I+D+i (25-42%)
Fase de explotación: Aplica Patent Box a los ingresos (60% reducción)
Personal investigador: Añade bonificaciones SS (40-50%)
Esta combinación multiplica el retorno fiscal de la innovación.
Regulación territorial: País Vasco y Navarra
Importante: La regulación del Patent Box varía según el territorio fiscal:
| Territorio | Regulación | Diferencias |
|---|---|---|
| Territorio común | Art. 23 LIS | Enfoque Nexus estándar |
| País Vasco | Normativa foral | Matices específicos |
| Navarra | Normativa foral | Matices específicos |
Si tu empresa opera en el País Vasco o Navarra, es fundamental analizar la normativa foral específica antes de aplicar el incentivo.
Errores comunes al aplicar Patent Box
Activos no elegibles: Aplicar a software genérico o marcas comerciales.
Sin desarrollo propio: Intentar aplicar a activos 100% adquiridos (requiere mínimo 25% de creación).
Contabilidad insuficiente: No poder demostrar los gastos de desarrollo del activo.
Valoración inadecuada: Royalties entre vinculadas a precios no de mercado.
Documentación técnica pobre: No poder demostrar que el activo deriva de I+D.
Ignorar el enfoque Nexus: Asumir el 60% completo sin calcular el coeficiente real.
Casos de uso habituales
Sector tecnológico
Empresa de software que desarrolla un algoritmo de IA patentable:
Sector industrial
Fabricante que desarrolla un proceso de producción innovador:
Sector farmacéutico
Laboratorio que desarrolla una molécula activa:
¿Por qué trabajar con BIK para el Patent Box?
En BIK ofrecemos un servicio integral de Patent Box:
Conclusión: El incentivo olvidado de la I+D+i
El Patent Box es probablemente el incentivo fiscal menos aprovechado por las empresas españolas, a pesar de ser uno de los más potentes. Si tu empresa:
Estás dejando de ahorrar hasta un 60% en la tributación de esos ingresos.
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